Ley Natural
Me gustaría transmitirte lo importante que es comprender, que por encima de las normas creadas por nuestros gobernantes llamadas leyes, siempre han existido derechos que nadie nos tiene que ofrecer o reconocer, ya que son nuestros por el hecho exclusivo de haber nacido.
Derecho Natural vs Derecho Positivo
Toda la estructura jurídica que fluye a través de las relaciones sociales y políticas se construye con el lenguaje y el significado de las palabras. La gramática y las definiciones son la clave para establecer los compromisos que unen la sociedad. Supuestamente, los Hombres y Mujeres Vivos de esta tierra, se someten al significado de las palabras para la mejora del bien común. Algo totalmente imposible de llevar a cabo si no se crean ficciones o personalidades jurídicas con las que identificar a estos homos vivos. De esta manera se establecen contratos, en muchos casos aceptados por consentimiento tácito, los cuales nos obligan al cumplimiento de las normas creadas por nuestros representantes / gobernantes.
Realmente el principio de la existencia de cualquier ser vivo no es así. Debemos respeto y lealtad al verdadero Creador de toda la vida tal y como la conocemos, de todos los Seres Vivos, llámese Dios, el Creador, la Vida, y no pleitesía al creador de las ficciones o personalidades jurídicas.
El Derecho Positivo es el que gobierna todas las relaciones de estas ficciones jurídicas con la Corporación Estado. Si leemos lo que significa ese término, “Derecho Positivo es el derecho establecido en normas jurídicas, por oposición al Derecho Natural”, queda raro entender que vivimos bajo un derecho que es lo opuesto al Derecho Natural.
Entonces, ¿qué significa Derecho Natural? “conjunto de normas o principios ético-jurídicos primarios de validez universal existentes con independencia de la voluntad humana”.
Es algo difícil de creer, si existiera un verdadero consentimiento informado, que los Hombres o Mujeres Vivos cedan sus derechos inalienables, (“según el diccionario jurídico: derecho que no puede ser objeto de comercio, ni ser privado de él su titular bajo ningún concepto”) en favor de unos representantes / gobernantes, que en la mayoría de los casos utilizan este poder para dirigir los intereses de los acreedores a los que el Gobierno debe su deuda.
Un país como España debe tanto dinero que es imposible de pagarlo. Los verdaderos dueños de esa deuda, imponen una agenda que nuestros dirigentes deben cumplir, si o si, en muchos casos en contra de los intereses de los Hombres y Mujeres Vivos.
Antes de dedicar mi vida a este proyecto, he trabajado en comunicación, publicidad e internet. La experiencia en ese medio me ha ofrecido la perspectiva de lo que se es capaz de adoctrinar a la sociedad a través del dinero y el poder. Mucho más, precisamente ahora, después de la crisis de los medios de comunicación. Antes nuestros representantes / gobernantes tenían miedo de los medios de comunicación, pero hoy estos medios, subsisten gracias a los presupuestos publicitarios institucionales; «no van a morder la mano que les da de comer».
Ahora intentar estar informado es realmente una tarea difícil. Los medios ya no ofrecen verdadera información, solo propaganda y entretenimiento.
Siempre había percibido que el conocimiento donde se forman nuestros jóvenes está dirigido y controlado por los sectores industriales donde estos finalmente desarrollan su carrera profesional. Por ejemplo, el sector farmacéutico dirige todo los temarios universitarios hacia la medicina alopática, olvidando que hay otras ramas milenarias de conocimientos médicos que han existido durante todos los tiempos. O el sector agrícola lo dirige todo hacia la producción industrial, donde prima la rentabilidad sin tener en cuenta el daño al suelo y la vida que en él existe. O como aquí en la península ibérica, sólo se construye todo con hierro y hormigón, ya que en la universidades prácticamente todo el estudio está enfocado en ese estilo constructivo.
Lo que nunca me imaginé es que el sistema jurídico estaba igual de adoctrinado o más, que el resto de sectores. Nunca me hice la pregunta de por qué si naces en un lugar, tienes que cumplir con todas las normas que los dirigentes que están en el poder en ese momento, deciden. Hablan de algo así como de un Contrato Social, pero creo que nadie nos explica exactamente lo que eso representa. Y creo que el compromiso que eso conlleva, se merecería un consentimiento informado. En el caso de sacar una hipoteca con un banco, existe el acto de la firma donde un funcionario público, en este caso un Notario, nos explica el compromiso que eso conlleva y nos hace firmar la aceptación de ese compromiso. Sin embargo, como dijo una de las Ministras del Gobierno de España, “que no se crean los padres que los hijos son suyos”, por esa razón si el Gobierno decide ir a la guerra, puede obligar a sus ciudadanos a arriesgar su vida.
Este razonamiento nos lleva al pensamiento de si somos libres para vivir en paz, sin hacer daño a nadie, de si tenemos derechos inalienables o por contra solo podemos hacer lo que nos permiten nuestros gobernantes. En el pasado, mientras era reconocido el Estado de Derecho a los hombres, para que se cometiera un delito, debería existir un perjudicado. Un sistema de derecho basado en las costumbres, llamado ley común o derecho consuetudinario. Pero desde hace tiempo, más de lo que yo llevo en esta vida, hemos pasado de poseer derechos y propiedades inalienables a privilegios y beneficios revocables. De un modelo de derecho consuetudinario a un modelo de derecho diferente, llamado derecho positivo. Algo que si fuera llevado con honor, respeto, ética y moral por parte de nuestros gobernantes, posiblemente sería un camino muy adecuado para la vida en sociedad. Pero eso nunca ha sido así. Nuestros gobernantes piensan en ellos mismos, en perpetuar su poder, gestionando los recursos de todos sin un verdadero compromiso de hacer el bien común.
Un Hombre o Mujer Vivo, cuando nace, nadie le tiene que conceder o reconocer derechos, él los tiene, ya se los ha otorgado la vida o el Creador, como quiera que le llamemos. El Derecho a la Vida, el Derecho a la Libertad y el Derecho a la Búsqueda de la Felicidad, son DERECHOS INALIENABLES.
Los tribunales de justicia no operan de acuerdo con ninguna regla de derecho verdadera, sino por presunciones de la Ley. Por lo tanto, si las presunciones presentadas por el sistema jurídico no son refutadas, se convierten en hechos y, por lo tanto, se dice que son verdaderas.
Nuestros gobernantes presumen que el Hombre Vivo es una Ficción Legal, lo cual es completamente erróneo. Es un hecho que el Estado y sus Administraciones, no pueden relacionarse con los Hombres y Mujeres Vivos, si estos no aceptan usar el mecanismo creado para generar comercio entre el vivo y la Estado, la ficción legal recreada a través de un N.I.F., documento de ficción imprescindible para este acto.
Entonces, presumir que el Hombre Vivo es LA COSA CREADA a través de un constructo, no es más que el modelo de esclavitud mejor desarrollado y puesto en juego en la historia de la humanidad. El cual el Estado y sus Administraciones usan y hacen usar, a través del engaño y la tergiversación semántica, usando el consentimiento tácito de todos los iletrados. Por lo que, cualquier presunción que se genere de que el Homo Vivo es la FICCIÓN LEGAL, para poder llegar a generar servidumbre y esclavitud sobre éste, no es más que CRIMEN ORGANIZADO tal cual queda definido en el diccionario del panhispánico del español jurídico: «Delincuencia desarrollada por tres o más personas, unidas por vínculos jerárquicos o de relación personal, que permite a sus dirigentes obtener beneficios o controlar territorios o mercados, nacionales o extranjeros, mediante la violencia, la intimidación o la corrupción, tanto al servicio de la actividad delictiva como con fines de infiltrarse en la economía legítima».
Es importante tener en cuenta que la jurisdicción legal sobre un Hombre Vivo deriva del consentimiento para contratar en el comercio de ficción legal. Si no hay un contrato válido, no hay jurisdicción. El sistema legal pertenece al “teatro ficticio de personas artificiales”. Cuando un Hombre Vivo consiente en Actuar en unirse a una Persona Artificial, dejan de vivir en su Capacidad Privada, poseyendo derechos y propiedades inalienables, y se ofrecen como voluntarios para Actuar en una Capacidad Pública con privilegios y beneficios revocables otorgados. La introducción del sistema legal es por contrato o legalización, generalmente a través de: registro, licencia, certificación, titulización o depósito general. En el sistema de Ficción Legal, el consentimiento para el Contrato puede ser presumido por aquiescencia silenciosa, a menos que un Hombre o Mujer Vivos refute la Presunción de unirse a una Persona Artificial. Todas las personas artificiales se crean legalmente sin ninguna capacidad productiva inherente y, por lo tanto, son deudores por defecto y entidades de responsabilidad limitada. Funcionan como servicios públicos para transmitir energía humana al comercio. Personas vivas energizan comercio de Ficción Legal, sin darse cuenta por engaño, que es fraude.
Un Hombre o una Mujer que Vive Naturalmente en su cuerpo soberano, que posee todos sus derechos y poderes inalienables, tiene legitimación legal en la Jurisdicción de la Ley Común, de la Tierra o Consuetudinaria.
La Jurisdicción Legal sobre el Hombre o Mujer Vivos deriva de causar un daño irrazonable a un alma viviente. Si no hay víctima humana, no hay jurisdicción. La Ley se refiere al mundo real de Hombres y Mujeres Vivos. Sin embargo, la jurisdicción legal está sujeta al proceso de vencimiento de la Ley Común o Consuetudinaria, por el cual ningún delito es atribuible a un Hombre o Mujer vivos a menos que causen daño intencional y medible a otro Hombre o Mujer, no razonablemente causada por la autodefensa. Para probar un delito de daño, debe haber una parte lesionada dispuesta y capaz de jurar bajo juramento a los hechos de ese daño, sobre la pena de perjurio ante un Tribunal de Derecho Consuetudinario con un jurado de sus pares, o testimonio de testigo igualmente limitado o evidencia irrefutable. En cualquier detención, embargo o arresto, el acusador debe tener causa probable y/o una sospecha razonable que el acusado está cometiendo, o está a punto de cometer, un crimen contra una víctima humana. El acusador lleva la carga de la prueba. Cualquier detención forzada, embargo o arresto sin una víctima humana, por parte de cualquier servidor público, es coerción, coacción, traición y una violación de su juramento y deber fiduciario como Administrador.
Ningún asunto legal puede proceder sin Jurisdicción. Una vez que se cuestiona la Jurisdicción, debe probarse. La Jurisdicción, una vez impugnada, debe ser probada, no por el Tribunal, sino por la parte que intenta hacer valer la Jurisdicción.
Centro de Interpretación de la Sostenibilidad, la Ley Natural y la Vida Saludable
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